Testamentaría

Testamentaría

Sabemos que es un momento difícil y por eso queremos acompañarte en todos los trámites para gestionar la herencia.

A continuación, encontrarás los pasos a seguir y la documentación que debes presentar:

Comunicación del fallecimiento y solicitud del certificado de posiciones

El primer paso para tramitar una herencia es comunicarnos el fallecimiento y solicitar el certificado de posiciones a fecha del fallecimiento. Este documento acredita la titularidad y saldos de los productos que el difunto tenía en la entidad y es necesario para liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones.

Para realizar este trámite, junto con el DNI de los herederos, es necesario reunir la siguiente documentación:

¿Qué es?

Es el documento que acredita el fallecimiento de una persona. Se trata de un documento informativo oficial y se expide en el Registro Civil.

¿Cómo se solicita?
  • De forma presencial en el Registro Civil donde esté inscrito el difunto, aportando el DNI de la persona que solicita el certificado.
  • Por correo ordinario: enviando una carta al Registro Civil indicando el nombre y dirección postal a la que se debe enviar el certificado, haciendo constar en la solicitud los siguientes datos:
    • Nombre, apellidos y DNI de la persona solicitante.
    • Nombre y apellidos del difunto y lugar y fecha del fallecimiento.
  • Por internet a través de la página oficial del Ministerio de Justicia.

¿Qué es?

Es un documento obligatorio expedido por el Ministerio de Justicia que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué notario.

¿Cuándo se debe solicitar?

Una vez transcurridos 15 días hábiles desde el día del fallecimiento y a través del modelo 790 debidamente cumplimentado que se puede descargar en la página del Ministerio de Justicia o obtener gratuitamente en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, con justificante del pago de la tasa correspondiente y acompañando Certificado Literal de Defunción expedido por el Registro Civil.

¿Cómo se solicita?
  • De forma presencial: en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia de la Comunidad Autónoma que corresponda.
  • Por correo ordinario: enviando la solicitud al Ministerio de Justicia.
  • Por internet: a través de la página oficial del Ministerio de Justicia.

El testamento

¿Qué es?

Es un acto de última voluntad por el cual una persona ordena su sucesión una vez producida su defunción.

¿Cómo se solicita?

En el certificado de últimas voluntades se hace constar la fecha y el Notario ante el cual la persona difunta otorgó testamento. Los herederos deben acudir a este Notario para solicitar una copia autorizada.

Si el notario ante el cual se otorgó testamento, hubiera fallecido, jubilado o trasladado, en la página web del Consejo General del Notariado se puede localizar al nuevo Notario que custodia el protocolo anterior. Igualmente, para obtener esta información se puede acudir al Colegio Notarial de su Comunidad Autónoma o bien al Notario que se estime oportuno.

El acta de Declaración de Herederos (acta de notoriedad)

¿Qué es?

Es el documento notarial que acredita quiénes son los herederos en caso de que el difunto no hubiera otorgado testamento.

¿Dónde se solicita?

Las personas que se consideren herederos deben acudir a un Notario competente para obtener la oportuna declaración de herederos mediante acta de Notoriedad. Los Notarios competentes son los del lugar donde el difunto tuviera su residencia habitual, los del lugar donde tuviera la mayor parte de su patrimonio o los del lugar donde hubiera fallecido. Los declarados herederos mediante acta de notoriedad, acreditarán su derecho aportando el acta final de Declaración de Herederos expedida por el notario.

¿Se puede obtener el certificado de posiciones sin testamento ni acta de declaración de herederos?

Si el difunto no otorgó testamento y hasta que se obtenga el acta de notoriedad, el cónyuge y los hijos del difunto pueden solicitar el certificado de posiciones acreditando que no existe testamento con el certificado de últimas voluntades y aportando, además, el libro de familia.

¿Cómo tramitarlo?

  • Online, enviando toda la documentación por correo electrónico a testamentaria@caixaguissona.com.
  • Presencial, en la oficina más cercana, solicitando cita previa para realizar el trámite.

Certificado de Defunción
Dispone del certificado de últimas voluntades?
Acudir al notario que consta en el certificado de últimas voluntades y solicitar copia autorizada del testamento.
No
Acudir a un notario competente para obtener la oportuna declaración de herederos mediante acta de Notoriedad.

Liquidación del impuesto de sucesiones

La liquidación del Impuesto de Sucesiones es un requisito necesario para poder disponer de los productos del difunto. En esta liquidación se deben incluir todos los productos del difunto que figuran en el Certificado de Posiciones previamente facilitado por Caixa Guissona. Como consecuencia de esta liquidación, los herederos procederán a su pago o bien obtendrán la correspondiente declaración de exención o prescripción del Impuesto de Sucesiones.

El plazo para liquidar el impuesto es de 6 meses desde el fallecimiento ante el organismo recaudador de la Comunidad Autónoma en la que el difunto tuviera su última residencia.

Solicitud de tramitación de la herencia

Cuando ya disponemos del certificado de posiciones y hemos llevado a cabo la recopilación de información de los bienes del causante (mediante documento notarial o bien documento privado) y también hemos liquidado el impuesto de sucesiones, el siguiente paso es solicitar la tramitación de la herencia mediante un impreso que te facilitaremos desde Caixa Guissona.

Con este documento, la persona interesada identifica a la persona difunta y facilita sus datos de contacto para poder enviar las comunicaciones necesarias.

¿Cómo hacerlo?

Se puede hacer presencialmente en cualquiera de nuestras oficinas o enviando un correo electrónico a testamentaria@caixaguissona.com, aportando la documentación necesaria:

  • Documento de aceptación y participación de herencia.
  • Liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones.

Si el difunto tuviera contratados planes de pensiones o seguros será necesario cumplimentar y entregar otros impresos y documentos adicionales.

Debe indicarse al solicitar el certificado de productos del causante.

Reparto de la herencia

Para realizar el reparto, se verifican los documentos facilitados por los herederos y se procede a:

  • Repartir o cambiar la titularidad de los depósitos bancarios en los términos señalados por los herederos en el Documento de aceptación y partición de herencia.
  • Abonar el importe de los planes de pensiones y prestaciones previstas en los seguros.

Caixa Guissona os contactará de forma personalizada para informar sobre la forma de disposición de los saldos y productos del difunto.