Información corporativa
Prevención de blanqueo de capitales
CaixaGuissona, Entidad Financiera debidamente constituida y domiciliada en España, está comprometido en el cumplimiento estricto de toda normativa, nacional e internacional, de prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo.
Este compromiso conlleva la aplicación de las políticas y procedimientos escritos establecidos en cumplimiento tanto de la legislación española, como de aquella normativa internacional aplicable dentro del territorio nacional, siendo supervisados, tanto el establecimiento como su cumplimiento, por el Servicio Ejecutivo de la Comisión para la Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC).
Estas políticas y procedimientos de prevención del blanqueo tienen como objetivo la no utilización de la estructura de la Entidad para la realización de actividades que pudieran estar relacionadas con el blanqueo de capitales.
Las principales obligaciones recogidas en las mencionadas políticas y procedimientos consisten en:
- Establecimiento de medidas de admisión, identificación y conocimiento del cliente. El conocimiento de la actividad del cliente implica más acciones que la mera aportación de documentación.
- Conservación digitalizada de los documentos identificativos y acreditativos de la actividad de los clientes.
- Análisis de operaciones, a través de herramientas informáticas que permitan la detección de operaciones sospechosas o inusuales.
- Implantación de sistemas de detección de personas físicas y jurídicas incluidas en listas públicas de personas relacionadas con la financiación del terrorismo.
- Comunicación al Banco de España de todas aquellas operaciones sospechosas de estar relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
- Comunicación al SEPBLAC de toda aquella información que sea bien requerida por dicho organismo, bien de obligada comunicación.
- Formación a todos los empleados de la entidad en materia de prevención de blanqueo de capitales.
- Acceso por parte de todos los empleados de la entidad tanto a las políticas y procedimientos escritos internos, como cualquier modificación de las mismas.
- Auditoria anual por parte de un experto externo en materia de prevención del blanqueo de capitales, que analiza tanto los procedimientos establecidos en materia de prevención del blanqueo de capitales, así como su cumplimiento.
- Establecimiento de un Órgano de Control Interno y Comunicación.
- No establecimiento de relaciones de negocio con Bancos Pantalla (Shell Banks).
Para cualquier comentario que deseen realizarnos, relativo a este documento, por favor, contacten con nosotros en la siguiente dirección: sepblac@caixaguissona.com